TL;DR
Por resolución firme de 5 de junio de 2026, publicada por el CEPD el 12 de octubre, el Garante italiano impuso a Wind Tre S.p.A. una multa de 16,7 millones de euros. Llamadas promocionales tras la oposición o sin consentimiento válido, contratos activados sin conocimiento de las personas, medidas técnicas y controles insuficientes sobre la red de ventas, solicitudes de los interesados no atendidas con eficacia. Además de la multa: prohibición definitiva de tratar los datos recogidos sin consentimiento y orden de reforzar las medidas. Artículos infringidos: 5, 6, 12, 15, 21, 24, 25 y 32 RGPD.
Cómo empezó el caso
La investigación partió de numerosas reclamaciones y denuncias: contactos promocionales no deseados y contratos y servicios activados sin que los interesados lo supieran. El Garante examinó el telemarketing, los procedimientos con los que los socios comerciales celebran contratos y las medidas con las que Wind Tre debía impedir tratamientos ilícitos y atender las solicitudes de los interesados.
Qué constató el Garante
- OPOSICIÓN IGNORADA. Personas que habían ejercido su derecho de oposición, o que no habían dado un consentimiento válido, seguían recibiendo comunicaciones promocionales (arts. 6 y 21).
- CONTRATOS SIN CONOCIMIENTO. En algunos casos se activaban contratos sin que la persona lo supiera, con un tratamiento ilícito de sus datos.
- RED DE VENTAS. Medidas técnicas y organizativas y controles sobre los socios comerciales inadecuados: los sistemas no impedían eficazmente los tratamientos ilícitos.
- DERECHOS. Las solicitudes de los interesados, incluido el acceso, no se atendían con la debida rapidez (arts. 12 y 15).
- RESPONSABILIDAD PROACTIVA. Infracción de los principios de responsabilidad proactiva, protección desde el diseño y seguridad (arts. 24, 25 y 32).
La red de ventas no es un escudo
El Garante lo dice expresamente: quien vende a través de redes comerciales complejas sigue siendo responsable del cumplimiento del RGPD y debe adoptar medidas eficaces para impedir el marketing ilícito y las activaciones no autorizadas. El contrato con la agencia no traslada la responsabilidad del responsable.
Qué significa para el DPD
Cinco controles
Uno: la oposición al marketing debe propagarse a todos los sistemas y socios, con una comprobación periódica de que la persona ya no es contactada. Dos: para cada agencia, un contrato del art. 28 con instrucciones escritas sobre las listas y el consentimiento. Tres: auditorías por muestreo de los contratos de la red, con prueba de la voluntad del cliente. Cuatro: plazos y procedimiento para las solicitudes de los interesados, con un registro de fechas. Cinco: documentar y revisar las medidas, que es lo primero que pide la autoridad.
No es la primera resolución de 2026 sobre Wind Tre: en julio el Garante ya la había sancionado con 1,7 millones por una brecha de datos. Dos resoluciones distintas con un hilo común: las medidas técnicas y organizativas no seguían el ritmo del tamaño de la red.
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